sábado, 14 de septiembre de 2019

ECUADOR: ¿SE DEBE CONCESIONAR LAS EMPRESAS PÚBLICAS?


En Ecuador y en muchos países del mundo y, en especial en los países latinoamericanos, pesan más los aspectos ideológicos y/o demagógicos a la hora de pronunciarse sobre la conveniencia o no, de que se concesione la construcción y/o administración de las empresas públicas.

El pragmatismo se coloca en segundo plano, lo que prima normalmente son factores políticos e intereses de grupos asociados a fines clientelistas o grupos de poder político-económico, que buscan sacar provecho de los recursos del Estado.

En la actualidad en Ecuador el Gobierno de turno estaría empeñado en llevar adelante un proceso de concesionar ciertas empresas públicas, en el ámbito de la administración de las mismas, por parte de empresas privadas extranjeras.

Extraoficialmente ha trascendido que entre otras, se podría concesionar la administración de las siguientes empresas públicas:

*CNT - CORPORACIÓN NACIONAL DE TELECOMUNICACIONES
*REFINERÍA DE ESMERALDAS
*TAME EP - LÍNEA AÉREA DEL ECUADOR
*CNEL -  CORPORACIÓN NACIONAL DE ELECTRICIDAD
*CELEC - CORPORACIÓN ELÉCTRICA DEL ECUADOR

Cabe señalar que la Constitución Política del año 2008, prohíbe privatizar las empresas públicas, de otra parte en la referida Carta Magna, se establece el rol del Estado en el sistema económico:

“Art. 314.- El Estado será responsable de la provisión de los servicios públicos de agua potable y de riego, saneamiento, energía eléctrica, telecomunicaciones, vialidad, infraestructuras portuarias y aeroportuarias, y los demás que determine la ley…”

“Art. 315.- El Estado constituirá empresas públicas para la gestión de sectores estratégicos, la prestación de servicios públicos, el aprovechamiento sustentable de recursos naturales o de bienes públicos y el desarrollo de otras actividades económicas…”

“Art. 316.- El Estado podrá delegar la participación en los sectores estratégicos y servicios públicos a empresas mixtas en las cuales tenga mayoría accionaria. La delegación se sujetará al interés nacional y respetará los plazos y límites fijados en la ley para cada sector estratégico. El Estado podrá, de forma excepcional, delegar a la iniciativa privada y a la economía popular y solidaria, el ejercicio de estas actividades, en los casos que establezca la ley…”

Es evidente que la “ideología” seudosocialista del socialismo del siglo XXI, puso su marca estatista en la referida Constitución de Ecuador del año 2008, a contracorriente de lo que pasa en el resto del mundo.

El sector privado constituye en los países que tienen un crecimiento sostenido de su economía, la locomotora que arrastra los vagones de los sectores de la producción y servicios. El rol del Estado es determinar las políticas públicas que deben ser concertadas con los otros actores de la sociedad y controlar el cabal cumplimiento de las Leyes y normas establecidas.

En este contexto, concesionar la administración de ciertas empresas públicas en Ecuador, per se no es bueno ni malo.

Sería bueno si previamente se dan algunos de los siguientes presupuestos:

1. Que las empresas públicas a seleccionar sean escogidas una vez que exista una evaluación de las mismas, en lo administrativo, técnico y financiero.
2. Que mediante una auditoría técnica y transparente, se determine la conveniencia económica y social para el país de cada una de las pretendidas empresas sujetas a   concesión.
3. Que la transferencia de la administración mediante la concesión, libere al Estado de la carga laboral.
4. Que todo el proceso de concesión al sector privado sea de absoluta transparencia y que todo proceso de licitación, concurso o sistema permitido por la Ley ecuatoriana se visibilice para conocimiento y seguimiento de la opinión ciudadana y órganos de control.
5. Que los bienes y/o servicios concesionados sean bajo la administración privada: eficientes, a tiempo y lugar, y a precios razonables.

En definitiva la concesión para el país debe medirse en función de obtener mejores servicios y al menor costo.

La concesión no puede ser “a dedo” o sea se debe transparentar a la opinión pública: “que no terminará en un negocio más entre funcionarios públicos, sus familiares y amigos o partidarios, que aprovechando la coyuntura logran hacer acuerdos de mutua conveniencia con inversionistas de dudosa trayectoria”

Como dice un viejo adagio: “No basta que la mujer del César sea honesta; también tiene que parecerlo”

“La habilidad de exponer una idea es tan importante como la idea en sí misma” (Aristóteles)

lunes, 26 de agosto de 2019

EL VOTO: ¿DERECHO Y OBLIGACIÓN?


Los derechos humanos universales que se consagraron en la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas – ONU (1948) y que han sido recogidos en otros acuerdos internacionales, cita entre otros el siguiente: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión”

El derecho al libre sufragio es una forma de expresión política.

En la gran mayoría de países del mundo el voto es un derecho de libertad para que los individuos expresen su voluntad en las urnas, sin la contracara de que el “voto es obligatorio”

En pocos países de Europa el voto es obligatorio (Bélgica, Grecia, Italia, Chipre y Luxemburgo). En contraste con varios países latinoamericanos, entre los cuales se cuenta Ecuador, el voto es obligatorio.

La Constitución Política vigente en Ecuador, en el Capítulo III - De los Derechos Políticos, en relación al voto en los sufragios expresa lo siguiente:” Art. 27.- El voto popular será universal, igual, directo y secreto; obligatorio para los que sepan leer y escribir, facultativo para los analfabetos y para los mayores de sesenta y cinco años. Tendrán derecho a voto los ecuatorianos que hayan cumplido dieciocho años de edad y se hallen en el goce de los derechos políticos…” (Lo resaltado en negrillas es mío)

Resulta una paradoja que se fusione derecho con obligación, cuando se trate de que los ciudadanos tengan que concurrir por obligación a las urnas en los procesos electorales para elegir Presidente, Vicepresidente, miembros de la Asamblea General, Alcaldes, Prefectos, etc.

El derecho al sufragio que tenemos los ciudadanos es personal – personalísimo, y no cabe obligación alguna, bajo ningún argumento político o de otra especie.

¡Nos asiste el derecho a no pronunciarnos políticamente, si no es nuestra voluntad!

El voto no debe ser producto de una Ley que nos coaccione bajo amenaza de sanción con: multas, cárcel, pérdida de derechos civiles, etc.

El voto se convierte en obligatorio por causa de penalidades que castigan la inobservancia de una norma.

Según la Real Academia Española – RAE: se daría un voto de reata “que se da sin conocimiento ni reflexión, y solo por seguir el dictamen de otro”

¡El voto en un sufragio debe ser voluntario y no obligatorio!

Las razones que esgrimen los políticos para incluir el voto obligatorio en la Constitución de algunos países (particularmente latinoamericanos) son entre otras:

1. Permite que la población más pobre acceda a su derecho de elegir a sus gobernantes,
2. Es una de las prácticas propias de toda democracia,
3. Restringe que en las elecciones ganen los candidatos que tienen mayor dinero,
4. Obligar a votar en un sufragio es un verdadero acto cívico, etc.

Contrariamente a la argumentación antes señalada, el voto obligatorio ha prostituido aún más a la política en la mayoría de países donde existe esta norma. El populismo y la demagogia han asentado raíces con el voto obligatorio, consiguiendo seguidores gracias a dádivas en: dinero, ofertas de cargos públicos, contratos de obras y servicios públicos, etc.

Estos politiqueros de pacotilla hacen piruetas en las Juntas Electorales con los votos escrutados: a su favor, nulos, en blanco e incluso con las abstenciones.

Los políticos populistas luego de engañar y confundir al pueblo con ofertas irrealizables de resolver en un período de gobierno (4 a 6 años) todos los problemas de empleo, vivienda, servicios básicos e infraestructura, principalmente, una vez que llegan al poder, se transforman en autócratas, reyezuelos o dictadores.

El resultado del voto obligatorio es mayor decepción de los ciudadanos en la política y los políticos, así como, en los sistemas electorales.

Los países menos desarrollados no crecen sostenidamente y alcanzan el bienestar para la población con asistencialismo generalizado, sino con políticas públicas coherentes e integradas, en las que la educación sea el eje transversal y donde se planifique a largo plazo y concertadamente.

Las democracias de papel son las que los socialistas del siglo XXI dibujan para mantenerse en el poder, enriquecerse con los recursos del Estado y dividir a la sociedad, entre buenos y malos.

¡Es urgente realizar una consulta popular que permita que los ecuatorianos nos pronunciemos  con libertad, por la eliminación del voto obligatorio en los sufragios!

Tenemos el derecho de saber por quién y para qué votamos, con libertad de participar o no en los sufragios, si no existe transparencia e integridad en los partidos políticos, sus candidatos y planes de políticas públicas integrales.

“Yo propondría que los políticos no fueran personajes públicos” (Jorge Luis Borges)


lunes, 12 de agosto de 2019

ARGENTINA: ¿SE VIENE EL REGRESO DEL POPULISMO?


De las elecciones primarias efectuadas en la República de Argentina el 11 de agosto de 2019, cabe destacar el aplastante triunfo de la boleta para presidente del denominado “Frente de Todos” (kirchnerismo) con un resultado preliminar del 47,6% sobre la agrupación política “Juntos por el Cambio” liderada por el Presidente Mauricio Macri, que obtuvo apenas el 32,1% de los votos, sorprende sobremanera en razón de que apenas han transcurrido tres años y medio del desastroso desgobierno de 12 años de los esposos Kirchner (2003-2015)

La referida elección denominada las PASO (Primarias-abiertas-simultáneas y obligatorias) en lo que respecta a la dignidad presidencial particularmente, en realidad constituyó una encuesta cara (no existieron primarias dentro de los partidos políticos) y la misma tuvo un costo de aproximadamente 95 millones de dólares.

Argentina es un país donde existe polarización en la población: en lo político, económico y social, con dos visiones de país, contrapuestas. Los kirchneristas que creen que el Estado no solo es regulador sino operador de la economía y que los otros poderes se subordinan al Ejecutivo y de otra parte los que apoyan al actual gobierno de Macri, que sostienen que el papel del Estado es solo de regulador de la economía y que se debe respetar el contrapeso de los otros poderes del Estado.

Un día después de las referidas elecciones primarias, o sea el lunes 12 de agosto de 2019, la mirada externa de lo sucedido ayer en Argentina (como de los ahorristas e inversionistas argentinos) da como resultado cambios preocupantes en algunos indicadores claves:
                                                                       10 agosto 2019     12 agosto 2019
*cotización de 1 dólar:                                   44,80 pesos            58,00 pesos
*riesgo país                                                    860 puntos              872 puntos
*Cotización acciones BB.AA.                                                       - 33,59%
*Cotización acciones Nueva York                                                - 37,95%

Las elecciones generales presidenciales a realizarse el 27 de octubre del año 2019 abren una ventana de expectativas preocupante, donde la incertidumbre jugará un rol importante para los tenedores de acciones y bonos argentinos (títulos que ya han sufrido una fuerte caída) y para el mercado financiero internacional.

Los inversionistas externos tienen presente las políticas macroeconómicas heterodoxas adoptadas en el pasado por los kirchneristas y que rezagaron los precios de las principales variable económicas, el maquillaje y ocultamiento de los principales indicadores económicos, el elevado déficit fiscal, el secuestro de las divisas extranjeras (“cepo”) etc.

También es evidente que la corrupción (período 2007-2015) que se ha evidenciado en los procesos judiciales que se siguen contra la ex - presidente de Argentina, Cristina Fernández de Kirchner, a sus hijos y a otros altos colaboradores de su gobierno, dibujan un panorama nada alentador para confiar en un supuesto futuro gobierno kirchnerista.

Algunos analistas ya presagian que se produciría hiperinflación y default en los próximos años en Argentina, si se confirma en las elecciones de octubre de 2019 el triunfo del kirchnerismo, en otras palabras, el regreso del populismo.

La Constitución vigente de Argentina, establece que en primera vuelta el candidato que obtenga más del 45% de los votos del padrón electoral gana las elecciones. Si no sucede algo extraordinario, resulta impensable que en aproximadamente 71 días cambien drásticamente los resultados de las primarias (PASO) del 11 de agosto pasado.

En un mundo globalizado no caben “modelos estatistas” que puedan lograr crecimiento económico y peor aún competitividad con políticas: proteccionistas, subsidios permanentes, elevado gasto público (déficit fiscal) limitado o inexistente acceso a mercados financieros (con costos y plazos adecuados) que desalientan la libre competencia, etc.

“Quien olvida su historia está condenado a repetirla” (Jorge Agustín Nicolás Ruiz de Santayana)

martes, 30 de julio de 2019

GUERRA COMERCIAL: ¿ESTRATEGIA ECONÓMICA O POLÍTICA?


La polémica disputa en el tema de aranceles entre Estados Unidos y China, registrada en el argot económico como “guerra comercial”, tiene su origen en marzo del año 2018, cuando el presidente de EE.UU, Donald Trump, amenaza a China con imponerle aranceles si no toma una serie de medidas comerciales a fin de que los productos de exportación estadounidenses,  ingresen a ese país con menos trabas arancelarias y se eliminen prácticas desleales, cuyo objetivo era reducir el saldo negativo para USA de la balanza comercial entre los dos países.

Esta amenaza se hizo realidad a partir del siguiente mes de abril, con la imposición de aranceles por 100.000 millones de dólares a varios productos importados de China.

Entre otros productos de origen chino afectados con el incremento de aranceles por parte de Estados Unidos constan: semiconductores, productos químicos y plásticos, motocicletas, productos de consumo,  materiales para la construcción, partes de vehículos, etc.

China por su parte y en represalia también impone mayores aranceles a la importación de productos originarios de Estados Unidos, entre otros: combustibles, carbón, chatarra de cobre, equipos médicos, autobuses,  automóviles, productos agrícolas, etc.

Este “toma y daca” sigue hasta la actualidad (16 meses) pese a que existe desde agosto del año 2018, rondas de negociaciones entre representantes de los dos países para poner fin a este conflicto comercial.

Se estima que la relación comercial entre China y Estados Unidos representa un monto de aproximadamente 360.000 millones de dólares al año.

Pero se preguntan muchos analistas económicos y políticos de varias partes del mundo: ¿Qué hay en el trasfondo de la llamada “guerra comercial” en un mundo globalizado y en el cual el libre comercio es un paradigma?

Algunos politólogos sostienen que las elecciones presidenciales a realizarse en Estados Unidos el próximo 3 de noviembre del año 2020, y para la cual el actual presidente Donald Trump se postuló el 18 de junio del presente año como candidato para la reelección, por un período de cuatro años más. 

En realidad su intención de continuar en el poder, dicen varios analistas, aconteció a raíz de la juramentación del cargo de Presidente de los Estados Unidos de Norteamérica, en enero del año 2017.

En esta línea de pensamiento se sostiene, que la guerra comercial con China es una treta que estaría usando Trump para despertar cierto nacionalismo, como consecuencia de la invasión de productos de origen chino en el mercado estadounidense y así, contentar a buena parte de sus seguidores y gente xenófoba y racista, que ven en la política arancelaria del gobierno un acierto para la economía de los Estados Unidos y una medida adecuada para cumplir con el slogan de campaña: “Make America Great Again”

Pero según fuentes como el Fondo Monetario Internacional – FMI y el Banco Mundial, los efectos económicos de la “guerra comercial” entre China y Estados Unidos, ya están pasando factura a las economías de los dos países y hay evidencias de repercusión negativa para toda la economía mundial.

El proteccionismo, derivado del aumento de las tasas arancelarias a muchos productos materia del intercambio comercial entre estos dos países, afecta principalmente: la inversión, empleo, productividad y por ende las tasas de crecimiento económico de muchos países que comercian con China.

La desaceleración registrada en la economía de China, impacta a varios países que exportan básicamente materias primas a ese país, principalmente: minerales, productos primarios agropecuarios, alimentos en conservas, petróleo, etc. Por la caída registrada en la demanda.

El FMI estima que el impacto del incremento de aranceles entre Estados Unidos y China, podría afectar al Producto Interno Bruto – PIB mundial para el año 2020, con una reducción relativa del 0.5%, que en términos absolutos equivaldría aproximadamente a 455.000 millones de dólares.

Entre otras consecuencias de esta disputa comercial, ya se puede apreciar una reducción en el precio de materias primas, alza del dólar e impacto negativo en las empresas y sobre todo en la confianza empresarial.

La incertidumbre va creciendo día a día y se ha propagado a nivel mundial.

Es evidente que desde el punto de vista económico la “guerra comercial” no beneficia a USA, peor a China y al resto del mundo.

¿Se podría afirmar que la intención del Presidente Trump es meramente política? ¿Un caballo de Troya para ganar las elecciones de noviembre del 2020?

“La obra maestra de la injusticia es parecer justo sin serlo” (Platón)

lunes, 15 de julio de 2019

ECUADOR: ¿CONSULTA POPULAR Y REFERÉNDUM CONSTITUCIONAL?


La Constitución de la República del Ecuador vigente desde el año 2008, constituye el génesis de la debacle jurídica en la que se encuentra actualmente la institucionalidad en el país.

Nace como un proyecto ideológico de fuerzas oscuras que pretendieron por la vía de una Constituyente, dejar por el suelo a la Constitución del año 1998, objetivo que fue alcanzado mediante referéndum. En este mamotreto participaron diversos “personajes” de la vida política ecuatoriana, todos ellos para el olvido.

En su construcción y articulado se produjeron entre otras las siguientes aberraciones: excesivos artículos 444, introduce el híper-presidencialismo en desmedro del contrapeso de poderes, es en exceso garantista, incurre en el absurdo de crear dos poderes adicionales a los propios de una República (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) o sea la Función de Transparencia y Control Social y la Función Electoral, y al mejor estilo demagógico, maltrata la lengua castellana imponiendo expresiones absurdas para nombrar a hombres y mujeres en su texto, como lo define el Art. 6 “ Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos son ciudadanos y gozarán de los derechos establecidos en la Constitución”

En Ecuador vamos aproximadamente 11 años enredados con una Constitución (2008) que tiene artículos contradictorios, oscuros, abiertos a cualquier interpretación, etc. Por lo que resulta imperativo una reforma integral a la actual Constitución.

¿Cómo hacerlo?

1. En lo inmediato, mediante Consulta Popular;
2. En el corto plazo, mediante reformas a la Constitución (Asamblea Nacional); y,
3. En el mediano plazo, mediante una nueva Constituyente, que deje en el archivo la actual Constitución.

1. En lo inmediato:

Considero que por la débil institucionalidad existente en el país, que se evidencian entre otros casos por lo que acontece con el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social –CPCCS, que pretende abrogarse funciones que no tiene, para “revisar el proceso administrativo de selección y designación de los jueces de la Corte  Constitucional efectuado  por el Consejo Transitorio –CPCCS anterior”, y así, permitir que los actos de corrupción del anterior gobierno (2007-2016) queden en la impunidad y sus responsables no devuelvan el dinero mal habido, producto de comisiones, sobreprecios y demás delitos cometidos en la contratación de la obra pública.

Esta decisión de mayoría (topos del correismo) busca crear inestabilidad política para con posteriores acciones, cambiar a los actuales responsables de los organismos de control, crear inseguridad jurídica en el país y “A río revuelto, ganancia de pescadores”, en las próximas elecciones.

Para lo anteriormente expuesto, es necesario que el poder ejecutivo convoque a una Consulta Popular para eliminar al CPCCS, organismo que depende del cuarto poder creado (Función de Transparencia y Control Social)

2. En el Corto Plazo:

La Asamblea Nacional debe reformar la Constitución vigente en temas puntuales que permitan corregir aspectos que puedan ser resueltos mediante Enmiendas Constitucionales, entre otros:

+Limitar la función nominadora del CPCCS.
+Establecer mecanismos para transparentar los procesos electorales.
+Mayores controles a los Partidos y Movimientos Políticos.

3. En el Mediano Plazo:

El poder constituyente radica en el pueblo, por lo que está en su derecho reclamar un Referendo Derogatorio para dejar sin efecto la actual y oprobiosa Constitución, que es una verdadera afrenta pública.

Para el efecto, se debería conformar una Comisión Técnica y multiprofesional, con la participación de la Academia, las Organizaciones Civiles representativas a nivel Nacional, ONG’s, reputados constitucionalistas que no pertenezcan a Partidos o Movimientos Políticos, y personas de probada integridad, capacidad y experiencia en diversas disciplinas, para que redacten un proyecto de Ley, el cual mediante Referéndum, permita con el voto popular tener una nueva Constitución, que elimine los vicios y trampas creadas por los socialistas del siglo XXI.

“La Constitución es el alma de los Estados” (Isócrates)